Archivo mensual: junio 2013

Deducción en la nómina con motivo de la huelga 3-6/12/2011 (reforma del SNP)

En su momento, muchos compañeros que hicieron huelga los citados días nos informasteis que la deducción que os hicieron en la nómina no se ajustaba al criterio indicado en la Resolución del 25 de mayo de 2010, reflejado en anteriores huelgas (y después del tiempo transcurrido hemos comprobado que en posteriores huelgas, siempre se ha aplicado lo señalado en la citada Resolución, que más abajo transcribimos).

Efectivamente en esta huelga, el anterior equipo directivo, con intención de perjudicar al máximo a los trabajadores que ejercieran su derecho a la huelga, utilizó un criterio que solamente se ha aplicado en esta ocasión y solo a los trabajadores a turnos (nuevamente discriminados en asunto de horarios especiales). Este criterio lo podéis observar en los escritos recibidos y en el último informe que acabamos de recibir de la abogacía del estado.

CCOO desde el primer momento hemos reclamado con diferentes escritos que se aplicara el criterio de la Resolución del 25/05/2010 y devolvieran el importe descontado de más (ver respuestas (09/03/2012 –anterior equipo directivo-; 20/02/2013 y 15/04/2013 –actual equipo directivo-).

Tuvimos una reunión con el departamento de Administración actual, solicitándoles que rectificaran y tuvieran un gesto generoso ya que la aplicación de este criterio, aunque dentro de la lógica ya que la Ley no es muy precisa, nunca se ha aplicado y por la información que nos ha llegado tampoco en otros organismos. Como comprobaréis por el último informe-respuesta, no han querido rectificar.

Es decir el anterior equipo directivo lo ejecutó y éste lo ratificó. Cuando estaba en la “oposición” fue bastante crítico por esta actuación, qué paradoja.

Resolución: “…Para el cálculo del valor hora aplicable a dicha deducción se tomará como base la totalidad de las retribuciones íntegras mensuales que perciba el funcionario dividida entre el número de días naturales del correspondiente mes y, a su vez, este resultado por el número de horas que el funcionario tenga obligación de cumplir, de media, cada día.”

 Criterio Aemet:

Dividió el número total (1.647 horas) por los 365 días del año. Se obtenía así, el número de horas a realizar cada día. Multiplicó por el número de días de diciembre (31). Dividió el sueldo bruto entre dichas horas y lo multiplicó por el número de horas de huelga que realizó el trabajador (razonable, pero torticero).

Además este criterio no se ha utilizado nunca para los trabajadores de jornada general, porque lo mismo vale para unos como para otros, lo que demuestra que el único interés era perjudicar lo máximo posible a los trabajadores a turnos del SNP.

Este último informe lo hemos pasado a la asesoría jurídica de CCOO, pero sabemos que la respuesta pasa por hacer denuncias personales sobre el criterio aplicado y que sea un juez quien diga si es válido y si pudiera tener cierta discriminación por no aplicarse al personal de jornada general.

26 de junio de 2013

RESPUESTA DE UN DIRECTIVO AL CORREO DE CCOO CON EL RESUMEN DE LA JORNADA PARA JEFES DE OMA/OMD

Para conocimiento de todo el personal de AEMET, y como nosotros sí somos TRANSPARENTES y no tenemos nada que ocultar, hacemos público el correo que hemos recibido por parte de un directivo de AEMET, como respuesta al correo que la sección sindical envió a todos los trabajadores de AEMET con el resumen de la jornada para jefes de OMA/OMD y la lamentable exposición del jefe del departamento de producción con sus interpretaciones del calendario laboral, del régimen de horarios especiales y hasta de las instrucciones aprobadas por el presidente de AEMET, en un intento de adoctrinamiento para que los jefes de OMA/OMD trasladen y ejecuten una serie de aspectos claramente lesivos para los observadores a turnos.

A continuación transcribimos letra a letra y punto a punto lo que este directivo nos dijo. Y damos fe de que por sorprendente que parezca, es verídico y no está manipulado:

«Queridos amigos:

Me duele que en mi época de «turnero», con el anterior ejecutivo, estuvierais absolutamente desaparecidos y callados sin defender los atropellos constantes que sufríamos los predictores y el resto de la sociedad española.

Ahora habláis de adoctrinamiento. El único adoctrinamiento que ha vivido España en los últimos años ha sido el dictado por el anterior ejecutivo al intentar imponer una amoralidad constante a la sociedad española con vuestra complicidad, silencio y aquiescencia.

Os recomiendo que esa terminología tan radical a la que la estáis acostumbrados, la uséis con prudencia, pues es de mal gusto recibir a estas horas correos con esa ponzoña fermentada de 8 años de silencio que supura odio social, resentimiento visceral y sectarismo jurásico.

Un fuerte abrazo,»

Que cada cual saque sus propias conclusiones.

La sección sindical de CCOO de AEMET.

RESUMEN JORNADA JEFES OMA/OMD

El pasado 11 de junio se realizó una jornada para jefes de OMA/OMD en los servicios centrales de AEMET de Madrid.
Entre los varios puntos tratados, hubo uno muy polémico: calendario laboral 2013 y régimen de horarios especiales.
Sacad vuestras propias conclusiones. Las nuestras fueron claras. Intento de adoctrinamiento para que los jefes de OMA/OMD aprieten las tuercas a los observadores y les obliguen a cumplir estrictamente con las 1.664 horas anuales.
A continuación publicamos un resumen de dicha jornada, el cual tenéis disponible en el siguiente enlace:

RESUMEN JORNADA JEFES OMA/OMD

La Sección Sindical de CCOO de AEMET.

De nuevo solicitamos la publicidad de la asignación de productividades

A pesar de la escasa respuesta del personal a la llamada general a la cesión de autorizaciones para la publicación de productividades, esta sección sindical ha decidido que va a seguir oponiéndose a la falta de transparencia y al dudoso talante democrático que supone por parte de la dirección seguir negando la publicación de la relación de personal con las productividades asignadas a cada uno de los trabajadores y trabajadoras.  Por ello, os informamos de la siguiente acción que hemos llevado a cabo.

Tras solicitar al equipo directivo el dictamen de la Abogacía del Estado de fecha 15 de enero de 2010, una vez recibida y publicitada en este mismo blog,  que está a disposición del personal de la agencia, queremos manifestar que precisamente en base a éste dictamen nos reafirmamos en la necesidad de que la información sobre la percepción de las cantidades recibidas en concepto de productividad sea convenientemente facilitada a los trabajadores y trabajadoras de AEMET.

Por ello, hemos presentado con fecha de hoy en Registro un nuevo escrito exigiendo esa información dentro de la coherencia con la defensa del derecho a la protección de datos que define la LOPD.

Podéis encontrarla  en el siguiente enlace.

Informaremos al personal del resultado de esta acción, o lo vereis  vosotros mismos, cuando con la buena intencionalidad que le caracteriza, el equipo directivo informe de que se va a publicar la información sobre las productividades en la intranet de AEMET.

Sección sindical de CCOO en AEMET

RESUMEN REUNIÓN COMISIÓN SEGUIMIENTO HHEE

Ponemos a vuestra disposición un resumen de la reunión de la comisión de seguimiento del reglamento de horarios especiales del pasado 5 de junio.

La conclusión que pudimos sacar es la actitud beligerante de la administración, negándose a prácticamente todo, interpretando o desconociendo el reglamento para aplicarlo de la forma más restrictiva posible, estableciendo agravios comparativos en cuanto a derechos laborales al diferenciar entre personal de oficina y personal a turnos e incluso acusándonos de querer reventar la comisión de seguimiento y de estar sublevando al personal. La reunión fue tensa y dura, con discusión continua e imposibilidad de establecer criterios comunes en casi todos los puntos tratados del orden del día.

Podéis descargaros el resumen de la reunión en el siguiente enlace:

RESUMEN REUNIÓN COMISIÓN SEGUIMIENTO HHEE (05-06-2013)

La Sección Sindical de CCOO de AEMET.

EL CONTROL HORARIO DE LOS DIRECTIVOS

Ponemos en vuestro conocimiento la existencia de una circular del director general de servicios del Ministerio, en el cual llama la atención a su personal directivo (subdirectores generales, funcionarios nivel 30 y personal eventual), recordándoles que el Real Decreto 20/2012 de 13 de julio y la Orden HAP/2802 de 28 de diciembre también les incluye a ellos.

Parece ser que este tipo de personal no se debe sentir afectado por la legalidad vigente, eso debe ser para los funcionarios de clase baja. Además, y esto ya es para nota, les dice que cumplan con la normativa a partir del 1 de junio. Pero vamos a ver, el Real Decreto 20/2012 es de 13 de julio y la Orden HAP/2802 es de 28 de diciembre, ambas del 2012. No sabíamos que las leyes y normas tiene distintas fechas de entrada en vigor en función del personal al que va dirigido.

Y para remate, dice que con esta medida no se pretende solucionar problema alguno de absentismo entre este personal directivo y técnico, bla, bla, bla, dando a entender además, que a ellos no se les aplican los descuentos en nómina que sí se hacen al resto de empleados por faltas no justificadas a sus puestos de trabajo. Impresionante.

A continuación tenéis el enlace para descargar el texto de la comunicación de la dirección general de servicios. Difundidla.

COMUNICACIÓN DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE SERVICIOS

La sección sindical de CCOO de AEMET.